Mostrando entradas con la etiqueta TRIBUTARIA. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta TRIBUTARIA. Mostrar todas las entradas

sábado

RETENCION EN LA FUENTE PARA INDEPENDIENTES A PARTIR DE MAYO 1/12

El Gobierno sancionó hoy  la Ley 1527 de 2012,  y en su artículo 13  establece el procedimiento a aplicar en la determinación de la retención en la fuente en el pago de prestación de servicios a independientes, derogando por tanto  el artículo 173 de la Ley 1450 del 2011 y las normas establecidas por la  DIAN.
El artículo 13 de la Ley 1527 de 2012, establece: “La retención en la fuente aplicable a los pagos o abonos en cuenta realizados a trabajadores independientes pertenecientes al régimen simplificado o que cumplan los topes y condiciones de este régimen cuando no sean responsables del IVA, cuya sumatoria mensual no exceda de cien (100) UVT no están sujetos a retención en la fuente a titulo de impuestos sobre la renta.
Los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a trabajadores independientes  por concepto de prestación de servicio que cumplan con las condiciones dichas en el inciso anterior, cuya sumatoria mensual exceda de cien (100) UVT, están sujetos a retención en la fuente a titulo de impuesto sobre la renta, de conformidad con la siguiente tabla:
   
La base para calcular la retención será el 80 % del valor pagado en el mes. De la misma se deducirá el valor total del aporte que el trabajador independiente deba efectuar al sistema general de seguridad  social en salud, los aportes obligatorios y voluntarios a los fondos de pensiones y administradoras de riesgos profesionales y las sumas que destine el trabajador al ahorro en las cuentas denominadas  “Ahorro para el fomento a la construcción (AFC)”.
La retención aplicable a los pagos realizados a trabajadores independientes pertenecientes al régimen común o al régimen simplificado que superen las 300 UVT será la que resulte de aplicar las normas generales.”. PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
En 26.049 pesos quedó el valor del UVT para el año gravable 2012 según resolución 011963 del 17 de noviembre de 2011 proferida por la Dian.

miércoles

NUEVO FORMULARIO DECLARACION DE RENTA

La Dian presentó el nuevo formulario 110 Declaración de Renta Personas Jurídicas, de 11 páginas. El nuevo formulario deberá ser diligenciado en su totalidad por los obligados que a 31 de Diciembre de 2011 estén clasificados como Grandes Contribuyentes, personas jurídicas con calidad de imnportadores, declarantes de renta y compleentarios que hubieren declarado ingresos brutos superiores a 3 mil millones de pesos y, o patrimonio bruto superior a 3 mil millones de pesos, en el año gravable 2010 deberán registrar los datos desagregados en el formulario 110, es decir de ahora en adelante deberán consignar tanto la información contable como la fiscal, las personas que no estén clasificadas dentro de estos parámetros solamente diligenciarán la primera página.

Quiero decirles que cada día como nos hemos dado cuenta los Contadores tenemos mas cargas, ya que antes solamente se diligenciaba la primera página ahora tenemos que trabajar mas duro y ni se diga con la información exógena donde fué modificado el formato 1001, y lo grave de todo esto es que nuestro trabajo no es valorado y muchos empresarios se imaginan que todo esto es un trabajo super facil, y de esta manera no es bien remunerado la labor realizada.

lunes

BENEFICIOS PARA PEQUEÑAS EMPRESAS

El Gobierno nacional expidió con fecha diciembre 26 de 2011 su Decreto 4910a través del cual ha decidido reglamentar los dos beneficios tributarios contenidos en los artículos 4 y 9 a 13 de la Ley 1429 de diciembre 29 de 2010 los cuales pueden ser utilizados por las nuevas pequeñas empresas que se hayan constituido o formalizado desde dicha fecha en adelante y las antiguas pequeñas empresas inactivas pero que se reactivaron antes de diciembre 29 de 2011 al igual que por las personas o empresas de todo tipo que otorguen nuevos puestos de trabajo a los tipos de personas especiales mencionados en la Ley.

sábado

ESTATUTO TRIBUTARIO

El estatuto tributario es el compendio de normas que rigen el sistema de tributación en Colombia.

Es una obra que no le puede faltar a un Contador, Asistente Contable o Auxiliar, ya que se necesita como medio de consulta, éste contiene las leyes y decretos que establecen las obligaciones tributarias y las sanciones a los contribuyentes del impuesto de renta y complementarios, la retención en la fuente, los impuestos sobre ventas, el impuesto de timbre nacional y el grávamen a los movimientos financieros (GMF).

Este puede ser consultado en muchas páginas como Actualicese, Gerencie y también en la página de Secretaría del Senado, adjunto puedes consultarlo en la página de la Secretaria del senado.

jueves

INFORMACION EXOGENA 2011

La Dian expidiò las Resoluciones para la presentaciòn de la Informaciòn Exògena en el año 2012, hubo cambios sustanciales a tener en cuenta entre estos estàn:


  • Bajaron los topes de Ingresos brutos obtenidos en el año 2010 de $1.000.000.000 a $500.000.000, con esta modificaciòn entran a reportar un nuevo grupo de empresas que no tenìan estos topes.

  • Se eliminò el formato 1002, este serà reportado en el formato 1001.

A continuaciòn estàn todas las resoluciones, las cuales pueden bajar y analizar para empezar a organizar la parte contable y que no nos coja el tiempo como todos los años.


CLIK EN CADA RESOLUCION PARA DESCARGAR

RESOLUCION 11423 OCT. 31/11
RESOLUCION 11424 OCT. 31/11
RESOLUCION 11425 OCT. 31/11
RESOLUCION 11426 OCT. 31/11
RESOLUCION 11427 OCT. 31/11
RESOLUCION 11428 OCT. 31/11
RESOLUCION 11429 OCT. 31/11