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LIBRO FISCAL DE OPERACIONES DIARIAS

En este libro se registra cronológicamente las operaciones realizadas por una persona perteneciente al régimen simplificado del impuesto a las ventas. El modo en que debe ser llevado es bastante sencillo y simple, pues su principal objetivo es referenciar en qué momento se sobrepasa el límite de ingresos necesarios para mantenerse en este régimen.

Según el artículo 499 del Estatuto Tributario, solo pueden pertenecer al régimen simplificado “las personas naturales comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; los agricultores y los ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados” y que cumplan con todas las siguientes condiciones:

Que los ingresos brutos promedio del año anterior sean inferiores a 4.000 UVT. Esto significa que para pertenecer al régimen simplificado en el año 2011 se tuvo que tener ingresos inferiores a 98’220.000 en el año 2010.
Tener solamente un establecimiento de comercio.
No ser usuario aduanero ni desarrollar operaciones que impliquen la explotación de intangibles (como por ejemplo las franquicia o las concesiones).
No haber realizado ni en el año anterior ni en el presente, contratos con bienes o servicios gravados por un valor individual superior a 3.300 UVT; lo cual corresponde a 82’935.600 para el 2011.
Que el monto de las consignaciones bancarias, los depósitos o las inversiones financieras del año anterior y del presente, no superen los 4.500 UVT; 113’094.000 para el 2011.
El libro Fiscal de operaciones se establece como una alternativa a la contabilidad desde el punto de vista tributario. Es por eso que resulta común escuchar el comentario de que “pertenecer al régimen simplificado es mejor por no tener que llevar contabilidad”; sin embargo esta es una creencia errónea, debido a que esta salvedad solo rige en materia fiscal. Mientras que a nivel mercantil los comerciantes siguen teniendo la obligación de llevar contabilidad.

Cómo llevar el Libro Fiscal de operaciones
En el artículo 616 del Estatuto Tributario se establece la manera en que debe ser llevado:

Recordemos que el régimen simplificado no está obligado a facturar, pero si puede emitir una factura de control, la cual naturalmente que no requiere de autorización por parte de la Dian y no se puede incluir en ella el Iva, puesto que el régimen simplificado no debe cobrar este impuesto.

El libro que hemos diseñado cuenta con una hoja por cada mes en la que se registra diariamente el valor global del movimiento al finalizar el día.

En los ingresos por ejemplo, si el comerciante expide 20 facturas, del la número 31 a la 51, no se registra el valor de cada factura, sino que se suman las 20 facturas y el total resultante es el que se registra en el día correspondiente, que puede ser por ejemplo el 10 de septiembre.

Es importante tener claro que se deben conservar todos los soportes de los egresos que se registren, por lo que requiere que organice un archivo por meses donde se ordenen por fechas las facturas y demás soportes que respalden los gastos que se registren en el libro fiscal.

En la portada se deben incluir los datos de identificación del comerciante y del establecimiento de comercio. Recuerde que estos datos se toman del RUT al que todo régimen simplificado debe estar inscrito. Algunos datos pueden ser tomados también del registro mercantil si el comerciante se ha registrado en la cámara de comercio.

El libro ofrece en la portada un pequeño resumen financiero de su negocio, mostrándole los ingresos, egresos y utilidad de cada mes, para que usted tenga una visión general de cómo va su negocio.

Por último, el libro le ofrece una alerta automática con la cual le notifica en qué momento ha superado los topes para pertenecer al régimen simplificado, momento en el cual deberá considerar la posibilidad de registrarse en el régimen común.

Este libro para mi concepto no se debe registrar en la Càmara de comercio, ya que es un libro netamente fiscal.







Adjunto Libro en Excell, para que lo descargues y lo uses a manera de Ejemplo.








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