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SUMAS RETENIDAS EN EXCESO A INDEPENDIENTES DEBEN REINTEGRARSE

A través de un concepto, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) aclaró el trámite que deben seguir los trabajadores independientes para reclamarles a sus agentes retenedores las sumas que les retuvieron en exceso, desde la fecha en que entró en vigencia el Plan Nacional de Desarrollo (L. 1450/11), hasta la expedición del Decreto 3590, que reglamentó el procedimiento para aplicarles la tabla de retención en la fuente prevista para los trabajadores asalariados.

La DIAN explicó que el reintegro debe realizarse siguiendo las pautas previstas en el artículo 6º del Decreto 1189 de 1988, que faculta a los retenedores para devolver esas sumas, descontando las sumas retenidas en exceso o indebidamente del total de las retenciones por declarar y consignar.

Según la entidad, es necesario que el interesado eleve una solicitud por escrito, acompañada de las pruebas correspondientes. El agente retenedor evaluará la solicitud y efectuará el respectivo reintegro, con la posibilidad de descontar este valor de las retenciones en las fuentes por declarar y consignar.

(DIAN, Cpto. 77121, oct. 3/11)

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